Uruguay – Requisitos que deben reunir todo establecimiento industrial, comercial o de servicios para prevenir accidentes de trabajo
El Decreto 406/88 define las condiciones generales de los edificios y locales de trabajo. Fija normas de seguridad estructural y de funcionamiento, especificando altura, cubaje y superficie, lo mismo que las características de techos, pavimentos, paredes, aberturas y separaciones, zonas de paso y pasillos, escaleras fijas y de servicio, y de mano, plataformas de trabajo, barandas y rodapies, puertas y salidas. Un capítulo está destinado a las condiciones de iluminación, otro a la ventilación, y uno se refiere al aseo y limpieza de los locales. También se mencionan especificaciones para los vestuarios, servicios sanitarios y comedores. Se detallan medidas específicas preventivas ante riesgos laborales en instalaciones, máquinas y equipos. Hay disposiciones para prevenir incendios y explosiones, cargas electroestáticas, y medios de protección personal.