Estados Unidos - La Corte Suprema dictaminó sobre Inmigración y Extradición
El 12 de enero de 2005 se sentó jurisprudencia en el caso de un inmigrante ilegal. Se determinó el procedimiento para expulsarlo. El peticionante que había alegado ser un refugiado político, terminó con un cargo criminal. Cuando declinó designar un país donde ser expulsado, el Juez de Inmigración ordenó que fuera devuelto al país de origen. Pero el acusado presentó un habeas corpus alegando que en Somalia no había un gobierno en funciones, por lo cual podía impedírsele ingresar. El Juzgado de Distrito había aceptado el alegato, pero la Instancia de Apelación sostuvo que no era necesaria la aceptación previa por parte del país de destino para la expulsión y así lo confirmó la Corte Suprema.
Nicaragua – Participación del sector privado en el Fondo de Inversión de Telecomunicaciones (FITEL)
El 21 de junio de 2004 se oficializó en la Gaceta el Reglamento de Administración y Financiamiento del FITEL. Este fondo es un mecanismo financiero orientado a potenciar el desarrollo económico y social del país en materia de comunicaciones mediante el financiamiento de proyectos. Entre sus finalidades está la de promover e incentivar la participación del sector privado en la prestación de servicios de telecomunicaciones, garantizando el ejercicio de las actividades económicas y empresariales privadas, supeditadas a los intereses superiores de la nación y cumpliendo una función social. La selección de los beneficiarios del financiamiento con recursos del FITEL deberá obedecer a la aplicación de criterios objetivos.
Perú – Unificación de leyes en un Proyecto de Ley General del Trabajo que se tratará en el Congreso Nacional
A través del proyecto presentado el 3 de junio de 2005 se debatirá a fin de absorber leyes dispersas y eliminar las que se contradigan con la nueva norma jurídica. Ingresarían en la nueva Ley General decretos como los siguientes: Ley de Productividad y Competitividad, de Formación y Promoción Laboral, de Contratación de Trabajadores Extranjeros, Jornadas de Trabajo, y Relaciones Colectivas de Trabajo. En los considerandos se señala que aprobando esta ley se actualizaría el Derecho Positivo y Perú equipararía su legislación laboral con las de los países más avanzados.
Uruguay – Requisitos que deben reunir todo establecimiento industrial, comercial o de servicios para prevenir accidentes de trabajo
El Decreto 406/88 define las condiciones generales de los edificios y locales de trabajo. Fija normas de seguridad estructural y de funcionamiento, especificando altura, cubaje y superficie, lo mismo que las características de techos, pavimentos, paredes, aberturas y separaciones, zonas de paso y pasillos, escaleras fijas y de servicio, y de mano, plataformas de trabajo, barandas y rodapies, puertas y salidas. Un capítulo está destinado a las condiciones de iluminación, otro a la ventilación, y uno se refiere al aseo y limpieza de los locales. También se mencionan especificaciones para los vestuarios, servicios sanitarios y comedores. Se detallan medidas específicas preventivas ante riesgos laborales en instalaciones, máquinas y equipos. Hay disposiciones para prevenir incendios y explosiones, cargas electroestáticas, y medios de protección personal.